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Nació el placer y elogio del dolor y te daré cuenta completa.
Cláusula rebus sic stantibus
La situación de pandemia del Covid-19 vivida globalmente desde marzo de 2020 ha supuesto que los alquileres de bienes inmuebles, y en particular de locales comerciales y naves industriales, pactados con anterioridad a la crisis sanitaria, se hayan visto afectados por las graves consecuencias económicas que dicha pandemia ha tenido sobre los inquilinos, que han visto mermados sus ingresos y sin embargo mantenían la obligación de pago de las rentas pactadas. Cuando la rebaja de la renta no se obtiene de común acuerdo entre propietario y arrendatario, se puede solicitar en los tribunales la aplicación de dicha cláusula rebus sic stantibus para obtener una reducción de la renta del alquiler.